jueves, 23 de enero de 2014

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

El siguiente protocolo ha sido elaborado por Belén Ros (Abogada) y es un resumen de los pasos a seguir para los padres que sospechan o tienen confirmadas las posibles AACC de sus hij@s.

El documento nos lo ha facilitado APADAC (Asociación de Asturias). 

Protocolo de actuación rápida para padres con niños de altas capacidades intelectuales

Dedicado a una madre coraje:  Mª Dolors Rius, Presidenta de FANJAC y vicepresidenta de CONFINES.

Esta entrada no estaba prevista tan pronto, pero no he podido resistir el empuje de esta madre coraje que está dispuesta a exprimirme en beneficio de las familias que se ven desbordadas y perdidas cuando sus hijos son diferentes.  Trataré de guiaros de forma práctica sobre lo que podeis hacer teniendo en cuenta que no puedo entrar a las especificidades de cada una de las CCAA que tienen transferidas las competencias en materia educativa, por lo que debeis buscar la normativa correspondiente en vuestra comunidad, aunque por lo general son bastante parecidas:

1.-  Sospecho que mi hijo/a tiene altas capacidades intelectuales:

a) Tiene más de tres años y menos de seis: 

La Etapa de Educación infantil no es una etapa escolar obligatoria, esto quiere decir que no tienes porqué escolarizar a tu hijo antes de los seis años y, por tanto, puedes atenderlo educativamente en casa o en una guardería o en un centro de educación infantil.

Si te decides a escolarizarlo en un Centro Educativo, el protocolo de actuación ante la sospecha de precocidad o de altas capacidades intelectuales puede llevar varios caminos: 

  • Hablar con su tutor/a a fin de que atienda al niño/a a su ritmo, lo que se puede hacer con toda tranquilidad porque esta etapa no está sujeta a una normativa en cuanto a contenidos sin que intervenga nadie más, ni tenga que dar cuenta de ello a nadie.
  • Hablar con el tutor/a de tu hijo/a, que solicite la intervención del Orientador de Zona y que éste evalúe al niño, emita informe y traslade la solicitud de Dictamen de Escolarización como Alumno de ACIS, en su caso.  Esto sirve para que el menor pueda entrar un año antes en 1º de la Etapa Primaria Obligatoria y para tener una serie de beneficios legales como preferencia a la hora de elegir centro escolar o posibilidad de solicitar becas para su formación.
  • Hablar con su pediatra para que te indique, según sea público (de la Seguridad Social) o privado (de una Compañía de Salud) la vía para realizar una Evaluación Psicológica del niño/a o un informe diagnóstico de ACIS. 



Excusas de la Administración Educativa en esta Etapa:  "los niños tan pequeños no pueden ser evaluados porque puede tratarse de niños precoces y no de niños superdotados".  Falso, la normativa prevé el adelanto de un año en el acceso a la Educación Primaria, si eso fuera cierto la Ley no lo establecería.

Mientras que todos los niños/as superdotados/as son precoces no todos los precoces son superdotados, eso no quiere decir que si un niño es precoz no haya que atenderlo educativamente de forma adecuada y darle la oportunidad de avanzar conforme lo necesite, no hay excusas para la inatención. 

b)  Mi hijo/a esta en la Etapa de Educación Primaria Obligatoria:  Tenemos varias posibilidades:
 
1ª)  Tengo informe de altas capacidades intelectuales realizado por el Orientador Escolar y Dictamen de Escolarización por ACIs.:

En el Informe del orientador se establece un protocolo a seguir por parte de los profesores y por parte de la familia que debe ser cumplido, por tanto, lo primero que tengo que tener es este Informe.
 
La normativa establece generalmente que los Orientadores deberían hacer un seguimiento de estos niños trimestralmente y de forma anual para ver su evolución.  Lo cierto es que no hacen nada si no se les pide, presuponiendo que "si no se les requiere" es que el niño se ha "normalizado" y ya no requiere ninguna medida educativa diferente.
 
En el Informe se prevé la realización de una serie de medidas educativas y no se están cumpliendo a pesar de que se lo he manifestado al tutor/a:  Escrito a los siguientes funcionarios con copia sellada:
1.-  Dirección del Centro Escolar.
2.-  Servicio de Inspección/Delegación Provincial
3.-  Consejería de Educación
4.-  Tribunales de Primera Instancia de lo Contencioso Administrativo.

2ª)  Tengo informe de ACIs de profesional de la salud público o privado externo a la Administración Pública, Colegiado y adecuadamente informado y motivado:

Lo pongo en conocimiento del Centro Escolar mediante un Escrito con copia sellada que presento dirigido al  Tutor/a y Director del Centro Escolar.  Pueden pasar varias cosas:

1.-  Que comiencen a atender educativamente a tu hijo conforme a sus necesidades, puesto que para la realización de medidas educativas como las adaptaciones curriculares no significativas y el enriquecimiento no se requiere nada más. 

2.- Si el informe proviene de profesional de la salud público (Médico o Psicólogo clínico de Servicio Médico Oficial), solo se debe llamar al Orientador para que establezca las medidas pedagógicas adecuadas, sin reevaluar al menor (Sentencia del Tribunal Supremo de 12/11/2010, nº 3858/2011)

3.-  Si el informe proviene de profesional de la salud privado, es posible que el Orientador de Zona quiera volver a realizar pruebas psicológicas y pedagógicas a vuestro hijo, a pesar de la Sentencia anterior.  Pueden pasar varias cosas:
  •  Este confirma la existencia de ACIs y se emite Informe y resolución con Dictamen de Escolarización como ANEE por ACIs.:  El Colegio tendrá que llevar a cabo las medidas educativas aconsejadas en el Informe. 
  • Este no confirma la existencia de ACIs y emite informe negativo:  Podeis pedir una segunda Evaluación Psicopedagógica de Contraste a la Delegación Provincial de Educación y una tercera a la Consejería de Educación.



La pega que pone la Administración en este caso es que no se puede realizar la misma prueba psicológica de tipo psicométrico hasta que no transcurran dos años por lo menos.  Cierto, pero es que hay en el mercado montones de pruebas diferentes para medir la inteligencia, la creatividad, la memoria y no tiene porqué repetirse el mismo test.

Que a pesar de todo existe una importante discrepancia entre lo que dicen los Orientadores y los informes externos a la Administración Educativa:  a los Tribunales de Justicia en reclamación del Dictamen de Escolarización de vuestro hijo/a como de NEE por ACIs.

c)  Mi hijo está estudiando la ESO:
Los profesionales de la Administración Educativa que intervienen en este caso son los Departamentos de Orientación Escolar.  Las pautas son las mismas que en Educación Primaria.

d)  Mi hijo está estudiando BACHILLERATO:
El Bachillerato no es una etapa obligatoria, por lo que puede hacerla en un Colegio, en una Academia o a Distancia sin necesidad de autorización especial para ello.  Los dos años de Bachillerato son difíciles por la presión que suponen las pruebas de Selectividad, así que no es la etapa más adecuada para llevar a cabo una flexibilización, pero si el alumno/a lo necesita, nada lo impide. 

 
¿Y MIENTRAS?


Como hasta que se produzca una Resolución con un Dictamen de Escolarización por NEE por ACIs puede pasar tiempo y el crecimiento y desarrollo armónico de vuestros hijos no espera:  EXIGID QUE SEAN ATENDIDOS:  solo las medidas educativas de carácter extraordinario como la flexibilización de un año de la etapa educativa obligatoria o las adaptaciones curriculares significativas requieren la existencia de Dictamen de Escolarización por NEE por ACIs.. 
                                                                                                        
 Imagen de Carmen Casado de Amezúa


Un profesor de primaria puede aportar a un niño todos los conocimientos curriculares de todas las materias de 1º a 6º, sin que el niño tenga que salir de su clase. 
 
Los agrupamientos flexibles, las compactaciones curriculares y las adaptaciones horarias (salir antes de clase para ir al conservatorio, por ejemplo) o cualquier otra medida de carácter organizativo depende exclusivamente del Centro Escolar.
 
Que en el Centro Educativo no lo atienden o no saben:  ayúdales a atenderlo o atiéndelo tu mismo:

1.-  CONOCE A TU HIJO/ALUMNO:  qué le gusta, qué sabe, que quiere aprender:
 Existen baterías pedagógicas que, en poco tiempo, te indican el nivel curricular del alumno.  Prácticamente todas las Editoriales Educativas las tienen.  No son caras, si tu profe no las tiene cómpralas tú y se las das.

 A partir del nivel que tenga es tan sencillo como darle el material siguiente:  

Por ejemplo, si un niño ya conoce las matemáticas de tercero, dale el libro de cuarto, cuando lo termine,  dale un libro de historia de las matemáticas o pídele que haga un trabajo sobre un matemático importante o sobre aplicaciones prácticas de las matemáticas en cualquier rama del saber.  Es a la hora de hacer trabajos dónde debes tener en cuenta especialmente sus preferencias.


INCLUYE AL NIÑO EN LAS DECISIONES A   TOMAR SOBRE SU EDUCACIÓN.


Estos niños

 NO NECESITAN IR AL RITMO DE LA CLASE. 
  • Suelen ser bastante autónomos, establece una supervisión antes del recreo o al final de la clase, incluso, una o dos veces por semana. 
  •  Comprueba su avance y las dudas que le puedan surgir y planifica el avance de la semana siguiente.


NO NECESITAN DEBERES PARA CASA.
  • Incluye en su rutina el aprender a investigar:  buscar información, relacionarla, crear un proyecto…
  • No los tortures con conocimientos poco prácticos ni con repeticiones.
  • Aprender música, a tocar un instrumento, a bailar, la pintura, la escultura, el teatro, los idiomas o hacer deporte también cuenta.



2.-  RECABA MATERIALES SEGÚN SU EDAD:  
  •  A PARTE DE LOS MATERIALES PÚRAMENTE CURRICULARES QUE TIENES EN CUALQUIER EDITORIAL, puedes encontrar MATERIALES en las páginas de las webs del Ministerio de Educación y en las de las Consejerías, en las de Asociaciones y Fundaciones de Altas Capacidades y en mercados especializados (por ejemplo:  Imaginarium, tiendas de los Parques de las Ciencias, …)



3.-  ESTABLECE UN PLAN DE TRABAJO:

Teniendo en cuenta que los ciclos de primaria van de dos en dos, esto es, 1º y 2º de EP SON IGUALES, 3º Y 4º de EP SON IGUALES, 5º y 6º de EP SON IGUALES.  Algo parecido ocurre con la ESO en algunas materias.

Tener en cuenta los siguientes parámetros aproximados (son fruto de la experiencia y de la investigación):
  •  Un niño con un CI de 130/140, debería flexibilizar, al menos, una vez en primaria y necesitará adaptaciones curriculares individualizadas significativas en determinadas materias y enriquecimiento.
  • Lo normal, para un niño de un CI de 140/150, es que se pueda hacer los cursos de primaria de dos en dos  y prácticamente igual en Secundaria (ES LEGAL JURIDICAMENTE HABLANDO, las pegas provienen de la ignorancia:  no os creais los rollos de que los estás sacando de su entorno/edad, que los haces madurar antes, que los estás forzando, ...son falsos prejuicios fruto de la ignorancia).
  • Un niño con un CI por encima de 150/ en adelante:  puede hacerse hasta tres cursos en un año escolar, necesitará adaptaciones curriculares y enriquecimiento.   Su enseñanza debe ser ABSOLUTAMENTE INDIVIDUALIZADA.




4.-  LOS PROFESIONALES:

Los que saben del tema (que, desgraciadamente son pocos) te pueden ayudar en el sentido de:

1.-  Calcular el Cociente Intelectual.
2.-  Conocer los TALENTOS DE TU HIJO.  Lo que es importante a la hora de orientar o favorecer su desarrollo.
3.-  Ayudar a planificar los ritmos de aprendizaje del niño.

Los Orientadores son FUNCIONARIOS, cuyo cometido viene establecido en la Ley y cuyo desconocimiento de la misma, el exceso de trabajo y sus propios prejuicios al ser ignorantes sobre el tema, suelen ser la mayor traba, junto con la de los INSPECTORES que nos vamos a encontrar.


Recordad que estáis hablando con funcionarios:  pedid las cosas por escrito, identificando con nombre y apellidos a los responsables y seguid la siguiente jerarquía:

Director Escolar.
Servicios de Orientación Escolar.
Servicio de Inspección Educativa.
Delegación Territorial/Provincial de Educación.
Consejería de Educación.
Tribunales de Justicia.

Posibilidades:   
   1.-  ¿Estas pidiendo una adaptación curricular individualizada significativa o enriquecimiento?  Por escrito:
       
                1.-  Tutor.
                2.-  Director Escolar:  se pueden hacer los dos escritos en uno.
                 3.-  Inspector
                 4.-  Consejería
 
   Importante:    Las adaptaciones curriculares individuales significativas deben recogerse oficialmente en el Expediente Académico del niño y en la base de datos oficial de cada Consejería y se incluyen en los Boletines de Notas periódicos, por tanto, requieren Dictamen de Escolarización de NEE por ACIs. para poder contar con ellas cuando concluya la etapa educativa en que se esté, salvo que se incluyan otras materias en ese horario.

     El Enriquecimiento, también tiene que reflejarse oficialmente y debe venir en los Boletines de Notas del niño.
 
     Para hacer una adaptación o un enriquecimiento NO ES NECESARIA LA INTERVENCIÓN DEL EOE, ni de la Inspección, depende exclusivamente del tutor y del equipo educativo.
 
      Problema:  Nadie lo hace, por desconocimiento, por desidia, por exceso de trabajo o por prejuicios.

 2.-  El Centro tiene la posibilidad de flexibilizar el horario del niño para que pueda acceder a otros conocimientos en horario lectivo (por ejemplo que salga más temprano para ir al conservatorio o para dar idiomas).  Lo establece la normativa, otra cosa es que no quieran hacerlo o no sepan hacerlo.

    3.-  Si no tienes diagnosticado a tu hijo, independientemente de que ésto no es impedimento legal para actuar con el niño sino excusa del profesor, exige que se le diagnostique lo antes posible:
                 1.-  Tutor/Directo Escolar
                 2.-  EOE
                 3.-  Inspector
                 4.-  Delegado
                 5.-  Consejería.

     4.-  ¿Estás pidiendo una flexibilización?  Los requisitos son los siguientes:

 El niño tiene que tener cubiertos los objetivos del curso a saltar, lo que significa que se le debe haber hecho antes una adaptación curricular individualizada significativa.
  • Informe favorable del Equipo Educativo
  • Informe favorable del EOE
  • Informe favorable del Inspector
  • Aceptación de los padres
  • Solicitud oficial presentada antes del 30 de abril



La petición irá dirigida a quien corresponda en su caso y toda la documentación tiene que estar presentada antes del 30 de abril de cada año.

Aunque la Administración tiene la obligación de responder SIEMPRE, en caso de que no exista respuesta en el plazo de tres meses existirá silencio administrativo positivo o negativo según la petición de que se trate y se pasará a la siguiente instancia.

Vuestros hijos NECESITAN AVANZAR a pesar de la opinión de los funcionarios educativos.  Si el sistema no te sirve, SALTE EL SISTEMA.  La escolarización de los niños en España es obligatoria, pero no la presencialidad.  Existen Colegios on- line en los que los puedes matricular y es perfectamente legal, incluyendo la Escuela Virtual a Distancia del Ministerio de Educación Español.
 

Espero que esto os pueda ayudar.
Saludos a todos,


 Publicado por Belén Ros  

3 comentarios:

  1. Algunos comentarios respecto a este protocolo que entiendo que deben ser tenidos en cuenta.
    La evaluación de Alta capacidad, difícilmente la harán en un servicio de salud o pediatra dado que no tienen normalmente las pruebas necesarias para realizarlo, sí podrían hacerlo los equipos de psicólogos. Los psicólogos privados pueden realizar esas pruebas, y están validadas ante un juzgado, de hecho yo soy psicóloga jurídica y puedo realizar cualquier evaluación bien para medir capacidades cognitivas, de personalidad o trastornos, al igual que la mayoría de mis compañer@s. (La psicología está pasando por una transformación legal a nivel de competencias, pero actualmente es así, podéis consultar con el equipo jurídico de los colegios de psicólogos).

    En cuanto a las pruebas para medir capacidades cognitivas, las más precisas y completas indican que no deberían administrarse hasta pasado un año, no dos. Las pruebas psicométricas pasan por una validación por organismos institucionales y las instrucciones de las pruebas son las que se recogen en ella. El periodo pues es un año.

    Es cierto como dice Belén que existen numerosas pruebas para calcular CI, sin embargo la mayoría de esas pruebas no son fiables y no tienen un estudio científico contrastado, con lo cual no son válidas. Las únicas pruebas existentes en el mercado español que sean completas son editadas exclusivamente por dos entidades, todo lo que se realice a través de otras editoriales no tienen validez. Es importante conocer que la mayoría de las pruebas y test a los que tiene acceso la población son pruebas de screening, que nunca pueden utilizarse para un diagnóstico.
    En cuanto a la flexibilización es una medida que solo debería usarse cuando el niño/niña tiene una evaluación integral, no solo de AACC sino también evaluando áreas afectivo emocionales, habilidades sociales y rasgos de personalidad. Son precisamente estas áreas y no la capacidad en sí la que determinará o no la idoneidad de la flexibilización.

    La dificultad con la que se encuentran los niñ@s con AACC suelen ser en la mayoría de los casos por dificultades en habilidades sociales, en motivación, baja tolerancia a la frustración, problemas de autoconcepto y algunos trastornos de aprendizaje (que por supuesto pueden tener). Aportarles materiales para que amplíen conocimientos debe ser siempre de forma muy dosificada sino podemos conseguir el efecto contrario y un rechazo hacia aprender. Damos de beber cuando tenemos sed, igual debemos hacer con el conocimiento. Estimularles y motivarles, atender a su curiosidad, pero además centrar nuestra atención en que se relacionen y desarrollen principalmente sus habilidades sociales. Si conseguimos eso, todo les irá bien.


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    1. Gracias por las aclaraciones Nuria. Tomamos buena nota del comentario

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  2. Creo que mi niño de 2'5 años tiene altas capacidades. ¿Es posible escolarizarlo antes de los tres años?

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