miércoles, 8 de octubre de 2014

ASACAL. QUIÉNES SOMOS. QUÉ HACEMOS

 
Hacemos público hoy algo que deberíamos haber tenido hecho mucho antes (y me apunto como principal culpable), los ESTATUTOS.

Ahí, veréis quienes somos, qué hacemos, cuál es nuestra razón de ser... También están los derechos como socios y, como no, nuestros DEBERES.


Estamos en trámites de darle un nuevo cambio al blog y en esta nueva versión tendrán el lugar destacado que se merecen por su importancia, pero por el momento lo tenéis disponible pinchando en el enlace

Salu2

PD: Por favor, si el enlace no funciona hacédmelo saber. Muchas gracias ;)

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jueves, 23 de enero de 2014

PUESTA EN MARCHA DE ASACAL LEVANTE

Después de la reunión del día 18, vamos a considerar la puesta en marcha inicial de actividades en dos zonas: zona Albox y zona Garrucha. Con estas dos zonas vamos a intentar agrupar a la mayoría de los niños de la comarca.
  • Zona 1: GARRUCHA. Incluyendo las actividades para Mojácar, Garrucha, Vera, Antas, Palomares y Cuevas del Almanzora.
  • Zona 2: ALBOX. Incluyendo las actividades para Zurgena, Arboleas, Albox, Cantoria, Olula del Río, Macael y Fines.


                El resto de asociados como Huercal-Overa y otros pueblos más periféricos pueden elegir por proximidad o interés una de las dos de forma indistinta.
  • Con esta información vamos a comenzar a negociar para ver los espacios y horarios en los que podemos disponerlos. Si no se consiguen espacios, las actividades se emplazarán en el pueblo más próximo que los ceda.
  • Después procederemos a la negociación con los profesores.
  • Nos gustaría poner en marcha ROBÓTICA, AJEDREZ, IDIOMAS Y MÚSICA en las dos zonas; pero si pensáis en otras actividades podéis sugerirlas para ver la posibilidad de acordar el convenio de colaboración.


                Necesitaríamos a modo de evaluación inicial que indiquéis el interés por estas actividades para comenzar a trabajar al respecto.

            Para asociaros haced clic sobre el enlace: Asóciate que encontrareis a la derecha y rellenad el formulario que encontraréis en la página que se abrirá en vuestro navegador. 

También podéis preguntar vuestras dudas entrando en la pestaña contáctanos.

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NUEVA DELEGACIÓN DE ASACAL EN LA ZONA DEL LEVANTE DE ALMERÍA


Desde Asacal queremos ponernos en contacto con los orientadores de la zona de Levante de la provincia de Almería y con los padres de niños de AACC para pediros vuestra colaboración. 

El día 18 de Enero de 2014  a las 17:00h tuvimos una reunión informal en el Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora con vistas a la Junta de Asacal prevista para febrero de 2014, en la cual vamos a poner en marcha una tercera zona de actuación denominada ASACAL LEVANTE, con la intención de reagrupar a los Niños de Altas Capacidades de los pueblos de esta zona.
               En esa reunión reunión vimos cuáles son los intereses mayoritarios para los Niños de Altas Capacidades y creamos las actividades para facilitar su desarrollo y evitar el desplazamiento hasta la capital. 
               Pedimos la asistencia de los orientadores a la reunión, para poder explicares directamente los mecanismos de actuación que Asacal pretende poner en marcha para la zona de Levante y hablar de la manera de colaboración más eficiente donde ellos fueran el puente entre los padres y Asacal Levante.
              También se les pidió que invitasen en nombre de Asacal a todos los padres de Niños/as de Altas Capacidades de la zona de Levante, pues muchos niños no están asociados porque no les compensa el desplazamiento hasta Almería para realizar allí las actividades de enriquecimiento extracurricular

               Hablamos de aspectos muy importantes que los orientadores conocen sobre las actividades de enriquecimiento extracurricular , pero que algunos padres de niños de Necesidades Educativas Especiales de estas características pueden desconocer y que favorecen el desarrollo cognitivo, social y afectivo de los niños/as y que nos gustaría explicar.
               En resumen, con la ayuda de Asacal, los orientadores y los padres, creemos que podemos conseguir potenciar sus mentes, pero sobre todo que sean personas más integradas y felices.
               Muchas gracias a todos de antemano e indicaros que si tenéis alguna duda podéis contactar con el coordinador de Levante (Baltasar) mediante el correo electrónico siguiente: asacal.levante@gmail.com.
              

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viernes, 28 de octubre de 2011

Derechos de los padres de un hijo superdotado

Los padres de un hijo superdotado, o de alta capacidad intelectual, en todo el ámbito del Estado Español tienen legalmente reconocidos unos derechos concretos:

1º. Los padres de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes  de  altas  capacidades  tienen  el  derecho
a elegir libremente el centro de diagnóstico, y a obtener el dictamen por escrito, así como, si lo desean, a obtener copia de todos los tests que se hayan realizado (Ley 41/2002 de 14 de noviembre Reguladora de la Autonomía del Paciente).


2º. Los padres de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes  de  altas  capacidades  tienen  el  derecho
a que en el equipo multidisciplinar que realiza el diagnóstico intervenga un profesional con competencias sanitarias, y que si es un psicólogo, que se halle en posesión del preceptivo título de la Especialidad en Psicología Clínica, y a conocer fehacientemente esta preceptiva especialidad acudiendo a los correspondientes colegios profesionales que, para ello, deben tener un fichero de carácter público (Ley 44 2003 de 21 de noviembre de Ordenación de las Profesiones Sanitarias).


3º. Los padres de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes  de  altas  capacidades  tienen  el  derecho
a que el sistema educativo (profesores, dirección, funcionarios de los equipos de asesoramiento u orientación, inspectores, etc.) en ningún caso les deriven a una opción para hacer el diagnóstico, o a varias de ellas, en detrimento y discriminación de las otras opciones o de centros de diagnósticos especializados e independientes, que existen (Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia).


4º. Los padres de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes  de  altas  capacidades  tienen  el  derecho
a conocer previamente el Proyecto Educativo del Centro educativo, y que en este se halle expresamente especificada, la forma de atención a la diversidad, ya que el Proyecto Educativo de Centro tiene carácter público (LOE, Art 121. 2 y 3).


5º. Los padres de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes  de  altas  capacidades  tienen  el  derecho
a que en el colegio (sea público, privado, o concertado) ofrezcan a su hijo de alta capacidad, no la respuesta educativa que el colegio le parezca bien o esté dispuesto desarrollar, sino la adaptación o diversificación curricular precisa. (LOE, Art. 72.3). 


6º. Los padres de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes  de  altas  capacidades  tienen  el  derecho
a que el colegio ofrezca la respuesta educativa a su hijo, la adaptación curricular precisa, (LOE, Art. 72.3). en función, no de una simple evaluación psicopedagógica, realizada por los propios funcionarios del sistema educativo, que en ningún caso permite deducir las verdaderas necesidades educativas, sino en función del diagnóstico. (Ministerio de Educación “Atención a la Diversidad en la LOE” Revista Trabajadores de la Enseñanza N’ 76, septiembre - octubre 2006), cuyo dictamen los padres presentan al colegio.


7º. Los padres de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes  de  altas  capacidades  tienen  el  derecho
a que la adaptación curricular precisa de su hijo se inicie en desde el momento en que los padres trasladan al colegio el dictamen del diagnóstico de alta capacidad de su hijo (LOE Art 71.3), y a que se desarrolle dentro de los principios de normalización e inclusión. (LOE Art 71.3).


8º. Los padres de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes  de  altas  capacidades  tienen  el  derecho
a que en todo lo relativo al diseño, desarrollo y evaluación de la Adaptación Curricular precisa, su interlocutor sea únicamente el centro educativo elegido por los padres, ya que su responsabilidad ha sido trasladada al propio centro educativo por la actual Ley Orgánica del Educación (LOE Art 72.3). Por tanto, los padres tienen el derecho a que la adaptación curricular precisa, diagnosticada a su hijo, no se vea alterada, condicionada ni restringida por funcionarios a las órdenes de los políticos de la educación, externos al centro educativo por ellos elegido.


9º. Los padres de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes  de  altas  capacidades  tienen  el  derecho
a relacionarse con el centro educativo desde su posición reconocida por la ley, de primeros responsables de la educación de sus hijos. (Ley Organica 8/1985, Art 4.2 en su nueva redacción por la LOE)


10º. Los padres de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes  de  altas  capacidades  tienen  el  derecho
a que en la educación de sus hijos respete en todo momento no sólo a los criterios morales y religiosos de los padres, sino también sus criterios pedagógicos. (Carta Europea de Derechos Sociales Art.14).


11º. Los padres de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes  de  altas  capacidades  tienen  el  derecho
a que los docentes de su hijo de alta capacidad adquieran la formación específica para desarrollar la adaptación curricular precisa, diagnosticada, con alta calidad educativa. Para ello, el Ministerio de Educación, mediante convenio de colaboración con el Consejo Superior de Expertos en Altas Capacidades, ofrece a los docentes el curso en aula virtual, de 150 horas: "La Educación de los Alumnos de Altas Capacidades", concediendo, a todos los maestros y profesores que lo cursan importantes beneficios profesionales y económicos, pues la obligación del centro educativo de realizar la adaptación curricular precisa, ( LOE. Art 72. 3), lleva implícita la obligación de saber realizarla con garantías de calidad educativa, de la misma manera que la obligación de presentar la declaración de la renta de muchos ciudadanos no se exime por no saber hacerla.


12º. Los padres de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes  de  altas  capacidades  tienen  el  derecho
a que la educación de su hijo se oriente al pleno y libre desarrollo de su personalidad diferente. (Constitución .Española Art 10) y a que cuantas actuaciones realicen los centros y las instituciones públicas o privadas en torno a su hijo se mantenga de forma primordial el interés superior del niño (Tratado Internacional "Derechos del Niño” Convención de 20 de Noviembre de 1989 adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas, ratificado por el Estado Español por Instrumento de 30 de noviembre de 1990, Art 3.1.).


13º. Los padres de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes  de  altas  capacidades  tienen  el  derecho
a que la educación de su hijo esté encaminada a desarrollar su diferente personalidad, sus distintas aptitudes, su diferente capacidad mental y física, hasta el máximo de sus posibilidades (Tratado Internacional "Derechos del Niño”, Art 29.1.a).


14º. Los padres de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes  de  altas  capacidades  tienen  el  derecho,
-en el modelo de escuela inclusiva que preceptúa la actual Ley Orgánica de Educación- (LOE, Art. 71.3, Art.121.2. y otros), a que el centro educativo ofrezca a su hijo los procesos de enseñanza-aprendizaje de acuerdo con la diferente forma de procesar la información y de aprender de su cerebro, como eje central de su adaptación curricular precisa.
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viernes, 7 de octubre de 2011

Comienzo de curso 2011


Hola a todos ¡YA COMENZÓ EL CURSO!

y NOSOTROS comenzamos a movernos... El sábado pasado hicimos una reunión a la que acudieron padres interesados en la Felicidad integral de su/s hijo/s con Alta Capacidad
¿eres uno de ellos? Si es que si. 
Ven a la reunión que celebraremos el próximo sábado 8 de octubre a las 11:00 horas en el Colegio Rafael Alberti, actual y nuevo Centro de Referencia de Asacal.

Tratamos varios temas, pero comprobamos que algunos de vosotros no pudisteis asistir, así que tenéis un nuevo emplazamiento este sábado, esperamos contar con vuestra presencia, porque vuestros hijos merecen ese esfuerzo y porque si habéis leido la noticia de la Junta de Andalucía, este trimestre se pone en marcha el nuevo PLAN DE ALTAS CAPACIDADES.

Así que esperamos veros a TODOS.

Saludos, 

Mª Isabel Muñoz Gutiérrez
Presidenta de Asacal
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jueves, 14 de julio de 2011

Taller de verano. Jardín botánico El Albardinal


Reenvío la propuesta  de talleres que el Jardín Botánico "El Albardinal" nos ofrece.
Algunos soci@s tuvieron oportunidad de encontrarse en este lugar en otras ocasiones.
¿Quién se anima?

Saludos.
Ana
Estimado amigo/a:

Un año más desde el jardín botánico El Albardinal presentamos los talleres de verano, destinados a público general, con los que pretendemos acercar a los participantes al mundo de las plantas y concienciar sobre la necesidad de conservarlas. Los talleres están diseñados para aprender, de forma amena y divertida, sobre las plantas y sus usos sostenibles. Esperamos que sean de su agrado.

Las actividades se realizarán todos los jueves y viernes de julio y agosto de 18h a 21h, son gratuitas y es necesaria la inscripción previa.


Recordar que el Jardín Botánico “El Albardinal” abre sus puertas al público de martes a domingo (y lunes festivos).

Horario de VERANO (1 de junio hasta el 15 de septiembre): de 10 a 13 h. y de 18 a 21 h.

Horario para el resto del año (16 de septiembre hasta el 31 de mayo): de 10 a 14h. y de 16 a 18h.

La entrada es gratuita y además contamos con un servicio de visitas guiadas a grupos que lo soliciten previamente. Para visitantes libres todos los domingos a las 19:30h. en horario de verano y a las 12h. en horario de invierno realizamos una visita guiada (para esta actividad no es necesaria la inscripción previa).

El Jardín Botánico “El Albardinal” pertenece a la Red Andaluza de Jardines Botánicos y Micológico en Espacios Naturales, creada por la Consejería de Medio Ambiente para la conservación, conocimiento y difusión de las plantas que componen el tapiz vegetal de Andalucía. Los jardines botánicos de la Red (9 en total) están dedicados a la conservación de la flora amenazada, rara o endémica del sector biogeográfico que representan, y son una magnífica oportunidad para conocer de manera amena y cómoda, especies que se encuentran muy dispersas y en lugares de difícil acceso en la Naturaleza,.

Para más información puede contactar con nosotros a través del teléfono 671 561 226 o en esta misma dirección de e-mail.


Reciba un cordial saludo

Equipo Técnico

Jardín Botánico “El Albardinal”

Red Andaluza de Jardines Botánicos en Espacios Naturales

Consejería de Medio Ambiente
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viernes, 17 de junio de 2011

ASACAL es una asociación sin ánimo de lucro, que se constituyó en 2002, para defender los derechos de los niños/as de altas capacidades

¿Cuáles son sus FINES?

Apoyar iniciativas y programas orientados a niños y jóvenes con Altas Capacidades.

Ayudar a las familia para que reciban una adecuada orientación y formación para entender y atender correctamente las especiales necesidades de sus hijos.

Fomentar el contacto entre padres con hijos de Altas Capacidades, con la Administración, los Centros Educativos, los Equipos de Orientación y los profesores.

Concienciar a la opinión pública sobre la problemática de los niños y jóvenes de Altas Capacidades.
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